De acuerdo al Artículo 142, de la ley 115 de 1994, el gobierno escolar debe estar conformado por el Rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico. En Tilatá, además de estos órganos, participa también el personero estudiantil.
A continuación, se presentan las funciones de los distintos estamentos del gobierno escolar, creado para que toda la comunidad educativa tenga instancias de participación.